Jueces y abogados de Yucatán, obligados a conocer jurisprudencia internacional, señala Magistrado Jorge Rivero Evia
Mérida, Yucatán a 10 de junio de 2015.- En un entorno más complejo, donde se impone la obligación a jueces y abogados mexicanos de acudir a la jurisprudencia de organismos internacionales, se hace necesario ubicar, conocer y analizar dicha jurisprudencia supranacional, ya que lo resuelto en tribunales que están más allá de las fronteras nacionales influye en nuestro sistema, expresó el magistrado Dr. en Derecho Jorge Rivero Evia, presidente de la sala civil y familiar del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Yucatán.
Al presentar su libro “Sistemas supranacionales de impartición de justicia: su impacto jurisprudencial”, el magistrado aseguró que estos órganos, es decir, Tribunales y organismos como la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CoIDH), la Corte Europea, la Corte Africana, la Corte Internacional de Justicia y otros tribunales especializados en materia penal, como la Corte Penal Internacional y los Tribunales para Ruanda y la ex Yugoslavia, incluso el Tribunal Internacional del Derecho del Mar producen, a través de sus resoluciones, un “derecho cosmopolita” que es necesario conocer, pues marcan una gran influencia en el derecho doméstico.
El libro fue presentado por su autor en el salón del Consejo Universitario del Edificio Central de la Universidad Autónoma de Yucatán y contó con la presencia del magistrado del Poder Judicial de la Federación Paulino López Millán, el magistrado del TSJEY Maestro José Rubén Ruiz Ramírez y por la UADY el Lic. Renán Emilio Solís Sánchez, quienes comentaron la obra.
El magistrado Rivero Evia explicó que esta nueva referencia de derecho internacional se deriva, en gran medida, de dos grandes reformas constitucionales que se dieron en el mes de junio de 2011: una en materia del juicio de amparo y la otra en materia de derechos humanos, que “como vasos comunicantes” presentan un parámetro de control.
Detalló que la reforma en materia de juicio de amparo, otrora “juicio de garantías”, lo transformó en “juicio de derechos humanos”, ya que en el texto constitucional se cambió el concepto de “garantías individuales”, por el de “derechos humanos”, lo cual abre la puerta a varios escenarios insólitos hasta la fecha.
Por otra parte, dijo, experimentamos en México una apertura al derecho internacional nunca antes vista, por ejemplo, en la práctica cotidiana.
“Nos enfrentamos con el problema de citar jurisprudencias de un tribunal supranacional como es la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CoIDH); sin embargo, pocos son quienes conocen los temas sobre los cuales versa”, expuso.
Asimismo, agregó, desconocíamos, por la estructura misma de las resoluciones de esta Corte, cuál era el criterio y cómo deberíamos de aplicarlo al plantear argumentos en las demandas, los agravios en los recursos, los conceptos de violación en el juicio de amparo o los considerandos de una sentencia.
La nueva obra del Magistrado Rivero Evia se divide en dos partes, la primera se denomina Teoría, fundamentos y desarrollo normativo de la justicia supranacional.
En ese apartado se pretende sentar las bases de lo que podría ser una nueva disciplina jurídica. Utilizando el comparatismo y el método histórico, se valoran los factores germinales de lo que entendemos por jurisdicción supranacional, haciendo un especial énfasis en la globalización –en su aspecto económico y jurídico- y ponderando el ámbito de influencia que los derechos humanos han cobrado en la actualidad, entre ellos los Económicos, Sociales y Culturales (DESC), tanto a nivel mundial como regional y nacional.
Asimismo, se destacan los elementos generales de lo que es un sistema supranacional de impartición de justicia y se encuadra dentro del esquema propuesto, a aquellos órganos que se estiman como tales, En esa revisión se encontraron diversos sistemas, no solamente los que tienen competencia en materia de derechos humanos, propiamente dicha, como son el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) sino que se incluye a los tribunales penales internacionales como son la Corte Penal Internacional (CPI), así como los ad hoc, creados por la Organización de las Naciones Unidas (ONU) para la sanción de los crímenes cometidos en la ex Yugoslavia y en Ruanda; asimismo, se contempla al Tribunal Internacional del Derecho del Mar (TIDM), al sistema jurisdiccional de la Unión Europea y a la Corte Internacional de Justicia (CIJ), sin desconocer la existencia de otros, empero, se destacan los anteriores como los más representativos. Finalmente se reformula el concepto de soberanía en el actual contexto de la jurisdicción supranacional y se mide el efecto o impacto que la CIDH ha dejado sentir en México, principalmente por las condenas que han emitido en diversos casos contenciosos.
La segunda parte recibe por nombre La jurisprudencia de los sistemas supranacionales de impartición de justicia.
En esta sección se elaboró un estudio de derecho jurisprudencial. Utilizando el método descriptivo y comparatista, se destacan las similitudes y diferencias que se advierten en la jurisprudencia supranacional, con base en tres de los sistemas expuestos en la primera parte, relativos a la CIJ, el TEDH y la CIDH. Sin pretender agotar toda la jurisprudencia de estos órganos, lo cual excede los fines de este modesto trabajo, se presentan algunas de las líneas más importantes, que reflejan a simple vista los temas sometidos a cada uno de estos tribunales.