Determinan sobreseimiento y extinción de la acción penal para una persona inimputable

Miércoles, 5 de noviembre de 2014

Mérida, Yucatán a 5 de noviembre de 2014.- Sobreseimiento y extinción de la acción penal, así como la exclusión del delito a una persona por considerarla inimputable, fue la resolución del juez 2º de control del primer distrito judicial del sistema de justicia penal acusatorio y oral Luis Edwin Mugarte Guerrero, en una audiencia realizada esta mañana en la sala 3 del Centro de Justicia Oral de Mérida (CJOM).

La audiencia, correspondiente a la causa 18/2014 de este juzgado de control, inició a las 9:40 y concluyó a las 12:00 horas, con la presencia de dos fiscales investigadores y la víctima indirecta, quien es la esposa del fallecido, dos defensores públicos y el detenido y su hermanastra, quien fungió como representante legal.

En la audiencia de esta mañana la propia Fiscalía solicitó el sobreseimiento del caso, el cual consiste en poner término al proceso en relación con el imputado en cuyo favor se dicta, también pidió la extinción de la acción penal y exclusión del delito. Lo anterior con base en el resultado de una evaluación psiquiátrica realizada al detenido.

De acuerdo con el reporte solicitado por los representantes de la Fiscalía estatal al Hospital Psiquiátrico de esta ciudad, el detenido presenta un cuadro de esquizofrenia paranoide F20 en fase aguda, que consiste en presencia de ideas delirantes o alucinaciones, y está bajo tratamiento farmacológico.

El resultado de la evaluación, leída por los fiscales en la audiencia y firmada por las especialistas del Hospital Psiquiátrico Dras. María del Carmen Rivera González y Cecilia Méndez Domínguez, estableció, entre otras cosas, que el detenido carece de capacidad de autocrítica y autoevaluación sobre lo bueno y lo malo. Indicaron que esta enfermedad incluye cuadros psicóticos y no tiene cura.

Por su parte los representantes del Instituto de Defensa Pública que fungen como defensores del detenido manifestaron estar de acuerdo con la solciitud y pidieron al juez resolver con base en los derechos fundamentales del detenido.

El juez Mugarte Guerrero, después de escuchar a ambas partes, accedió al sobreseimiento, extinción de la acción penal y la exclusión del delito.

También argumentó que no se le impuso la internación al hospital psiquiátrico ya que no existe una acción penal, debido al sobreseimiento, sin embargo, determinó su traslado al hospital psiquiátrico para continuar con su tratamiento y que su representante legal, en este caso es su hermanastra, se haga responsable de lo que determinen las autoridades de dicho hospital, al cual giró oficio.

Los hechos, según la fiscalía, ocurrieron el pasado 2 de agosto alrededor de las 20:00 hrs cuando el imputado entró a un predio ubicado en el Km 3 de la carretera Mérida –Tahdzibichén y sin derecho privó de la vida a Daniel Enrique Chalé Canché, quien se encontraba acostado en su hamaca.

Este es el primer caso de inimputabilidad que se establece en los juzgados del Poder Judicial del Estado de Yucatán.

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