Concluye funciones juzgado tercero de lo Familiar del primer departamento judicial del estado de Yucatán, por transición al sistema familiar oral
Mérida, Yucatán a 24 de marzo de 2014.- El pleno del Consejo de la Judicatura del Estado estableció en un Acuerdo publicado hoy en el Diario Oficial del Estado que el Juzgado Tercero de lo Familiar del Primer Departamento Judicial del Estado concluirá sus funciones a las 24:00 horas del día 28 de marzo de 2014.
Cabe señalar que estos movimientos responden a las necesidades de transición del sistema tradicional familiar escrito al nuevo sistema familiar oral que entró en vigor el pasado 20 de febrero de 2013 y cuyo objeto, entre otros, fue el de proteger la organización y desarrollo de la familia, estableciendo el sistema oral, por lo que se resolvió la creación de cinco juzgados de oralidad en materia familiar en el Primer Departamento Judicial del Estado, los cuales se encuentran ya en funciones.
En el Acuerdo General con número EX04-140319-02 Q que se publica hoy, el Consejo señala que las promociones respecto de los asuntos que se encuentren tramitando por el Juzgado Tercero de lo Familiar, que se presenten a partir de la fecha de publicación de este Acuerdo y hasta el 28 de marzo de 2014, se continuarán enviando a éste por la Oficialía de Partes de los Juzgados Civiles, Familiares y Mercantiles.
Por su parte, las promociones respecto de los asuntos tramitados en el Juzgado Tercero de lo Familiar que se presenten con posterioridad a la conclusión de las funciones de éste, se turnarán por la misma Oficialía de Partes al Juzgado de lo Familiar que corresponda, de conformidad a lo establecido en el artículo 3 de este Acuerdo.
Este artículo establece que los Juzgados Primero y Segundo de lo Familiar del Primer Departamento Judicial del Estado conocerán de los procesos que se encuentran radicados y en trámite en el Juzgado Tercero de lo Familiar, a partir del 31 de marzo de 2014, para lo cual este último deberá enviar los expedientes de la siguiente manera:
I. Al Juzgado Primero de lo Familiar del Primer Departamento Judicial del Estado, aquellos con terminación numérica par 2, 4, 6, 8 y 0.
II. Al Juzgado Segundo de lo Familiar del Primer Departamento Judicial del Estado, aquellos con terminación numérica impar 1, 3, 5, 7 y 9.
También deberán remitir al Juzgado al cual se haya enviado el expediente, los objetos, billetes de depósito y demás documentos que formen parte del proceso o guarden relación con el mismo.
Una vez recibidos los expedientes, el Juzgado receptor deberá registrarlos nuevamente con el número consecutivo que corresponda y se notificará a las partes del acuerdo de recepción por medio del Diario Oficial del Gobierno del Estado.
El Acuerdo también señala que los libros, así como los expedientes del Juzgado Tercero de lo Familiar del Primer Departamento Judicial del Estado que al 28 de marzo de 2014 se encuentren concluidos, se remitirán al Archivo General del Poder Judicial del Estado.
Se establece que quedan intocados los derechos laborales del personal jurisdiccional y administrativo, así como los beneficios alcanzados en la carrera judicial de los primeros, pertenecientes al Juzgado Tercero de lo Familiar del Primer Departamento Judicial del Estado, quedando a cargo del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado de Yucatán su adscripción a otras áreas, en los términos establecidos en las disposiciones legales aplicables y de acuerdo a las necesidades del servicio.