Palabras del Tribunal Superior de Justicia y del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado de Yucatán, Dr. Marcos Alejandro Celis Quintal en el inicio de funciones del Juzgado Cuarto de Oralidad Familiar
Mérida, Yuc., a 02 de diciembre de 2013
Hace dos meses, inició funciones el Juzgado Tercero de Oralidad Familiar del Primer Departamento Judicial del Estado de Yucatán, el cual, de conformidad con el Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura que lo creó, recibiría todos los asuntos en materia familiar durante el resto de 2013.
De esta manera, se despresurizaban a los Juzgados Primero y Segundo de Oralidad Familiar, que como también recordaremos aquí hoy, inició funciones el sistema de justicia familiar oral, el 20 de febrero de 2013, con la entrada en vigor el Código de Familia y el Código de Procedimientos Familiares del Estado de Yucatán.
Así, con la autonomía del derecho familiar, pasando de un sistema de derecho privado a un sistema de derecho público, Yucatán se ponía a la vanguardia en la materia, al ser de las primeras entidades en instrumentalizar la oralidad familiar.
Además, en la nueva legislación familiar, se establecen nuevas concepciones que garantizan la protección de los miembros de la familia y de su estabilidad física y emocional.
Por ejemplo, al establecer la pensión para el cónyuge dedicado preferentemente al cuidado del hogar y de la familia, se reconoce el valor económico de este trabajo, desempeñado en la mayoría de los casos por mujeres.
Al establecer la tutela pública, se rompe con la tradicional división entre lo público y lo privado, que limita la acción del Estado, sentando las bases para brindar protección, educación, salud y rehabilitación de las niñas, niños y adolescentes que se encuentren en alguna situación de conflicto.
Al determinar la protección de incapaces y adultos mayores, así como la obligación de que cuenten con lo necesario para la satisfacción de sus necesidades, se acepta el hecho de que el concepto de familia está en evolución y se confirma que el derecho familiar también tiene que proteger a las personas contra la discriminación.
Así, de esta manera, los jueces cuentan con mejores herramientas para proteger más y mejor a los miembros de la familia.
La funcionalidad y eficiencia del sistema de justicia familiar oral, generado una expectativa legítima por parte de la sociedad yucateca.
Hoy podemos dar testimonio de ello:
• En el periodo comprendido de la fecha en que entró en vigor el sistema de justicia familiar oral, en los tres Juzgados de Oralidad Familiar se ha registrado un total de 4,580 asuntos iniciados.
• Durante el periodo comprendido, en los juzgados de oralidad familiar, se reportó un promedio diario de 24.62 asuntos ingresados.
• El mayor número de asuntos iniciados corresponde a divorcio incausado y consignación de alimentos, 22% y 19%, respectivamente. Por otra parte, destacan el divorcio voluntario con 13% de los asuntos, las diligencias de alimentos con 12% de asuntos ingresados y la sucesión intestada con 11% de asuntos.
Debemos admitir que tenemos grandes retos institucionales y expectativas ciudadanas en la aplicación de este sistema de justicia, que se basan en las cifras de las que hemos dado cuenta.
Sin embargo, también debemos reconocer que este sistema, a poco más de nueve meses de su funcionamiento, ha permitido una justicia más ágil y de mejor calidad.
Ya se recordará aquí hoy, que en el inicio de funciones del Juzgado Tercero de Oralidad Familiar, pronosticábamos que la carga de trabajo de este sistema iría en incremento; y asumíamos el compromiso institucional, en presencia del señor Gobernador, de la creación de un juzgado de oralidad familiar más en el primer trimestre de 2014.
Sin embargo, ante las crecientes cargas de trabajo, para una mayor y mejor protección de los integrantes de las familias, el Pleno del Consejo de la Judicatura determinó la creación del Juzgado Cuarto de Oralidad Familiar del Primer Departamento Judicial.
Un sistema de justicia como éste, basado en los principios de inmediación, concentración y contradicción, con las herramientas de oralidad y publicidad, trae aparejada la exigencia de conservar agilidad y dinamismo.
En la materia familiar se hace necesario transitar hacia la especialización de los órganos jurisdiccionales, teniendo en cuenta el alto incremento de los asuntos que ingresan y su eficiente distribución.
En este sentido, el Juzgado Cuarto de Oralidad Familiar será, a partir de hoy, el único órgano jurisdiccional de primera instancia en materia familiar competente para conocer de los procedimientos de jurisdicción voluntaria y de consignación de alimentos, y tendrá un horario vespertino, de las 14:30 horas a 21 horas.
De acuerdo con la política de austeridad y racionalidad del gasto, mediante la optimización de la infraestructura, la sala de audiencias orales, que en el horario matutino funciona para el Juzgado de Oralidad Mercantil; servirá para el Juzgado Cuarto de Oralidad Familiar, en el horario vespertino.
Este Juzgado Cuarto de Oralidad Familiar estará encabezado por la juez Aurea Astrid Aranda Matos, quien se ha venido desempeñando como juez del sistema familiar tradicional desde marzo de 2008 y cuenta con vasta experiencia.
La juez Aranda Matos -como todos los jueces del sistema familiar oral- ha sido designada mediante un estricto proceso de selección, llevado a cabo por especialistas en la materia familiar de todo el país.
Señoras y señores:
La impartición de justicia, en Yucatán, es una visión compartida por los tres Poderes Públicos del Estado. Muestra de ello, es la presencia del señor gobernador en el inicio de funciones de este Juzgado Cuarto de Oralidad Familiar.
La coordinación interinstitucional es un factor determinante para la plena funcionalidad del sistema de justicia familiar oral. Agradecemos a la Consejería Jurídica, a través del Instituto de la Defensa Pública del Estado de Yucatán, así como a la Procuraduría de la Defensa del Menor y la Familia. Nuestra visión orientada en su conjunto nos permite augurar la óptima consolidación de este sistema de justicia.
El Poder Judicial del Estado de Yucatán revisa constantemente su función y responsabilidad social.
El Poder Judicial es una institución que aprende de su contexto y de su propia experiencia.
Ante la nueva dinámica social, la organización del Poder Judicial debe ser flexible y adaptarse a las exigencias de una sociedad democrática, como lo es la yucateca.
El Poder Judicial del Estado de Yucatán no es ajeno a la legítima demanda de la sociedad, que exige una justicia cada vez más ágil, eficiente y accesible.
Sabemos que la sociedad quiere un Poder Judicial del Estado a la altura del Yucatán pujante y democrático en el que vivimos.
Entendemos que la mejor manera de impartir justicia para todos, como lo señala Constitución, parte de la premisa de impartirla con excelencia y calidad; y que ahí se encuentra el germen de un sistema de justicia más apegado a los deseos de la sociedad.
No tenemos otro compromiso que hacer nuestro trabajo con eficiencia y profesionalismo.
Muchas gracias.