Plena protección de la vida y la salud de la niñez, pendiente en México
Viernes, 25 de junio de 2021
Plena protección de la vida y la salud de la niñez, pendiente en México
Mérida, Yucatán a 25 de junio de 2021
Especialistas en Derecho coincidieron en señalar que es imperativo que la protección de la vida y la salud de los niños y niñas en nuestro país sea plena, acorde en la práctica con lo establecido en nuestra legislación, los Tratados Internacionales y la jurisprudencia de los organismos internacionales, pero que también se plasme en las políticas públicas y en normas eficaces.
Al presentar la obra editorial “La protección de la salud a la niñez”, la Dra.Karla Cantoral Domínguez y el Dr. Carlos Alberto Macedonio Hernández coincidieron en señalar el valor de esta obra que reúne los resultados de la investigación cuantitativa y cualitativa de la autora, Dra. Gisela María Pérez Fuentes, profesora investigadora de tiempo completo en la Universidad Juárez Autónoma de Tabasco e integrante del Sistema Nacional de Investigadores Nivel III del CONACYT.
Como moderador de esta presentación que se transmitió la tarde de ayer vía plataformas digitales, el Magistrado del Tribunal Superior de Justicia Dr. Jorge Rivero Evia, resaltó el valor de este trabajo editorial que pone en primer plano la dignidad de las personas cuando se trata de hacer valer el derecho a la salud, particularmente en el caso de los niños y niñas.
En su oportunidad, la Dra. Cantoral Domínguez, especialista en protección de datos personales, responsabilidad civil, transparencia, rendición de cuentas y derecho de acceso a la información y profesora investigadora de tiempo completo en la División Académica de Ciencias Sociales y Humanidades de la Universidad Juárez Autónoma de Tabasco, expuso que la obra editorial aborda a un grupo poblacional que requiere de una alta protección en salud.
Esto da cuenta que, en el caso de los niños, el servicio de salud debe basarse en esa comprensión informada sobre los riesgos y beneficios que les pueda ocasionar un tratamiento médico y el acceso a su expediente clínico.
De hecho en México se ha establecido que la comprensión informada debe ser un derecho fundamental de los pacientes, por lo que el libro propone incluso la expedición de una norma en ese sentido.
Recordó que en marzo de este año la Corte Interamericana de Derechos Humanos declaró responsable al Estado de Ecuador por la violación al derecho a la salud de una persona con discapacidad a resolver que no contó con el conocimiento informado de la persona que fue internada en un hospital y sometida a un tratamiento médico, condenando al país a implementar acciones de capacitación sobre consentimiento informado.
Por su parte, el Dr. Macedonio Hernández, director de la Facultad de Derecho de la Universidad Autónoma de Yucatán, apuntó en su oportunidad que el derecho a la salud no solo trata de que una norma sea legalmente válida, sino de que sea también eficaz en su aplicación.
Esto implica, dijo, que los sectores público y privado deben hacer valer el derecho a la salud con personal médico capacitado y medicamentos.
Refirió los casos de amparos, que se recogen en la obra, de niños con cáncer y leucemia a quienes los hospitales públicos de México negaron medicamentos necesarios para sus tratamientos, planteándose como acto reclamado la omisión de proporcionar la atención médica a menores que padecían estas enfermedades.
Es ahí donde el sistema debe hacer efectivos esos derechos, como fue el caso de los amparos que se ejercieron para revertir esas faltas, aunque también implican la revictimización de los niños que padecen dichas enfermedades porque tuvieron que recurrir a estas instancias para hacer efectivos derechos ya reconocidos a nivel nacional e internacional, explicó.
Por su parte, la autora Dra. Pérez Fuentes resaltó la necesidad de actualizar la normativa que regula el derecho a la salud, como la ley general de salud y su reglamento. “Se necesita no solo un proceso legislativo de actualización, sino también un proceso de activación a través de políticas públicas” pues todo el entramado legal de salud está casi fuera de contexto.
Por ejemplo, el consentimiento informado no se ha actualizado a las nuevas tecnologías digitales, mientras que la norma oficial 2012 en materia de información de salud está muy atrasada como norma oficial y como reglamento, agregó.
Dada la población de 13 millones de niñas y niños menores de 6 años en México y que está previsto que de 2019 a 2024 será de casi 50 millones más, el trabajo de políticas públicas en esta esfera es de enorme relevancia, expuso la autora.
Unidad de Comunicación Social y Protocolo del Poder Judicial del Estado de Yucatán
Comunicado No. UCSYP/345/JUN/2021/MFMM
Documento con fines de divulgación.