Dicta autoridad judicial auto de no vinculación a proceso por fraude
Viernes, 19 de marzo de 2021
Dicta autoridad judicial auto de no vinculación a proceso por fraude
Mérida, Yucatán a 19 de marzo de 2021
Carpeta administrativa: 55/2020
La autoridad judicial dictó en una audiencia realizada ayer un auto de no vinculación a proceso a una persona al no cumplirse los requisitos que exige la ley, particularmente que de los antecedentes de la investigación expuestos por el Ministerio Público se desprendan datos de prueba que establezcan que se ha cometido un hecho que la ley señala como delito y que exista la probabilidad de que el imputado lo cometió o participó en su comisión.
La audiencia fue presidida por la Jueza de Control del Primer Distrito Judicial, Blanca Beatriz Bonilla González, quien después de escuchar los argumentos de los fiscales y la defensa determinó no vincular a proceso al imputado debido a que la parte acusadora no exhibió ningún dato de prueba que establezca el presupuesto de lo ofrecido por la constructora, así como tampoco un dictamen que establezca que los materiales ofrecidos son diversos a los que le pusieron en una obra.
Sin embargo, la juzgadora explicó que quedaron a salvo los derechos de la víctima y de los fiscales para presentar el recurso establecido en la legislación, o en su caso seguir la investigación para formular nuevamente imputación, subsanando los elementos por lo cual no fue vinculado a proceso el hoy imputado.
La teoría expuesta por los Fiscales en relación a este caos es la siguiente:
“La víctima directa de los hechos adquirió un predio en el centro de la ciudad, sobre el cual otorgó un poder a la hoy querellante, quien en enero de 2016 contrató a una empresa constructora a quien convino pagar la cantidad de $3,000,000.00 M.N. En septiembre de ese año dicha empresa comenzó la demolición del predio y en enero de 2017 iniciaría la construcción que duraría siete meses. Sin embargo, la querellante al acudir al predio en 2017 se dio cuenta que el hoy imputado solo construyó una parte de lo pactado”.
Unidad de Comunicación Social y Protocolo del Poder Judicial del Estado de Yucatán
Comunicado No. UCSYP/173/MZO/2021/HIMP/MFMM
Documento con fines de divulgación. La sentencia o resolución son las únicas versiones oficiales.