La nueva Ley de Amparo tiene como finalidad velar por el respeto y tener una eficacia plena de los Derechos Humanos

Lunes, 10 de junio de 2013

Mérida, Yucatán a 7 de junio de 2913.- “La nueva ley de Amparo y la Protección de los Derechos Humanos (DDHH) en México”, fue el tema que dictó el Secretario General de Acuerdos del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) Mtro. Rafael Coello Cetina  en el Auditorio del recinto del Poder Judicial del Estado de Yucatán (PJEY).

El enfoque de esta conferencia se centró en la tutela de los DDHH desde la óptica de los Tribunales Superiores de Justicia, tomando en cuenta su contexto y el quehacer judicial que hoy enfrentan.

Ante funcionarios del Poder Judicial y de otras dependencias, Coello Cetina expuso que con esta nueva ley se establece que las autoridades judiciales "tenemos  la obligación constitucional de proteger, garantizar y respetar los DDHH, tomando en cuenta los principios de universalidad, indivisibilidad, interdependencia y progresividad".

Lo cual no implica, dijo, que hoy exista una menor tutela de ellos, jurídicamente ya existía desde antes de la Reforma, pero se busca tener un mecanismo más que impulse la armonía de los integrantes de una sociedad.

La nueva ley también establece garantías para la protección de los DDHH, hay diferentes conceptos de garantías por ejemplo las individuales que ofrecían a las autoridades o a los órganos del estado facultades para imponer su voluntad, es decir las relaciones de supra a subordinación.

Pero para hablar de la nueva ley de amparo hay que referirse a las nuevas bases de los DDHH, y en el nuevo texto constitucional cuando se habla de garantías ya no se entienden como individuales sino que se refieren a algo que es instrumental y complementario y que tiene como finalidad el respeto de esos derechos que le corresponden a cada ser humano.

Con base en lo anterior,  podemos tener una eficacia plena de los derechos humanos, ya que no solo son eficaces en relaciones supra- subordinación sino en cualquier relación horizontal, y es cuando hablamos del principio de  universalidad y reconoce que puede tratarse tanto de relaciones de particulares contra el estado como entre particulares.

 Dicho principio también parte de la idea que todos tenemos DDHH, así como a todos nos es exigible que respetemos los DDHH de los demás. 

El Mtro. Rafael Coello precisó que los Derechos Humanos son prerrogativas relacionadas con aspectos de la dignidad que están reconocidas en la Constitución o incluso en los tratados internacionales a los que está adscrito el Estado mexicano, y otorgan a todos los sujetos que se someten al orden jurídico, facultades de exigencia de una conducta positiva  o negativa.

Tanto los DDHH y las garantías, incluso otros derechos que no derivan de la dignidad del ser humano son llamados Derechos Fundamentales.

La nueva ley de amparo no solo busca tutelar los DDHH  o las garantías sino también la ampliación del acceso a la jurisdicción de amparo, esto va a provocar cambios muy interesantes en la jurisprudencia, en el ámbito judicial hay que tomar en cuenta que si a esta eficacia horizontal le sumamos las atribuciones de control difuso que tienen los tribunales, estos tendrán gran potencial de análisis constitucional de las partes de un juicio que constitucionalmente les asiste, concluyó.

 

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