Legal detención de una persona por el delito de feminicidio agravado

Lunes, 22 de febrero de 2021

Carpeta administrativa: 39/2021
 
El Juez de Control del primer distrito judicial del sistema penal, Luis Armando Mendoza Casanova, calificó y ratificó de legal la detención de una persona por su probable participación en un hecho con apariencia del delito de feminicidio agravado, ocurrido el pasado 19 de febrero, en esta ciudad.
 
El artículo 308 del Código Nacional de Procedimientos Penales (CNPP) establece que, inmediatamente después de que una persona sea detenida en flagrancia o caso urgente, debe ser puesta a disposición de la autoridad judicial para que el Ministerio Público justifique las razones de la detención y el juez(a) proceda a calificarla, ratificándola en caso de encontrarse ajustada a derecho o decretando la libertad en los términos previstos en el mencionado Código.
 
En la audiencia realizada el día de hoy, después de ratificada como legal la detención por parte del Juez de Control Mendoza Casanova, los representantes de la Fiscalía Estatal comunicaron al detenido que iniciaron una investigación (formulación de imputación), acorde con los siguiente:
 
“Que el día 19 de febrero de 2021, aproximadamente a las 15:50: horas, el hoy imputado discutió con su pareja y le lanzó un tajo que le dañó el cuello, a causa de lo cual la privó de la vida. El hoy imputado fue detenido momentos después en calles aledañas a donde sucedieron los hechos.”
 
Posterior a la imputación, la Fiscalía, conforme lo previsto en el CNPP, solicitó al Juez de Control resolver la situación jurídica del detenido (auto de vinculación a proceso), pero la defensa y el imputado solicitaron la duplicidad del término constitucional, es decir 144 horas, ante lo cual el juzgador notificó a las partes que la audiencia de vinculación se realizará el viernes 26 de febrero del presente, en este mismo Centro de Justicia Oral.
 
Por último, el juez de control impuso la medida cautelar de prisión preventiva oficiosa que tendrá vigencia por todo el tiempo que dure el proceso penal.
 
Unidad de Comunicación Social y Protocolo del Poder Judicial del Estado de Yucatán
Comunicado No. UCSYP/091/FEB/2021/HIMP/MFMM
Documento con fines de divulgación. La sentencia o resolución son las únicas versiones oficiale

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