Cuatro personas vinculadas a proceso penal por fraude específico

Sábado, 16 de enero de 2021

El Juez de Control del primer distrito judicial del sistema penal con sede en esta ciudad, Santos Alfredo May Tinal, resolvió vincular a proceso penal a 4 personas por el delito de fraude específico, al encontrar cumplidos los requisitos que marca la ley para determinar dicha resolución.
 
El artículo 316 del Código Nacional de Procedimiento Penales (CNPP) establece, entre otros requisitos para dictar el auto de vinculación a proceso: que se haya formulado la imputación; que se haya otorgado al o a los imputados la oportunidad para declarar y que de los antecedentes de la investigación expuestos por el Ministerio Publico, se desprendan datos de prueba que establezcan que se ha cometido un hecho que la ley señala como delitos y que exista la probabilidad de que el o los imputados lo cometieron o participaron en su comisión
 
Los hechos que establecieron los fiscales en la audiencia fueron los siguientes:
 
“Que entre febrero y marzo de 2019 dos personas, como socias de una empresa, adquirieron el carácter de deudores al contratar dos créditos por 13 millones de pesos por parte de una financiera ; al mismo tiempo firmaron dos pagarés que suman dicha cantidad. Sin embargo, con el fin de evadir las obligaciones del mismo en el tiempo estipulado para pagar, realizaron transacciones de sus bienes en favor de dos familiares para simular una insolvencia económica”.
 
Cabe señalar que el juzgador vinculó a dos de dichas personas como co-autores materiales directos, mientras que los familiares de éstos, quienes recibieron los bienes, fueron vinculados bajo la figura de copartícipe cómplice auxiliador, tal como lo preve el Código Penal vigente en el estado.
 
El juzgador otorgó a los fiscales el lapso de tres meses para continuar con la investigación complementaria del caso. Cabe apuntar que las cuatro personas procesadas tienen medidas de cautela diversas a la prisión.
 
Unidad de Comunicación Social y Protocolo del Poder Judicial del Estado de Yucatán
Comunicado No. UCSYP/025/ENE/2021/MFMM
Documento con fines de divulgación. La sentencia o resolución son las únicas versiones oficiales.

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