Sentenciado a 7 años por robo de vehículo automotor
Martes, 12 de enero de 2021
Juzgado: Primero de Control del Primer Distrito Judicial Juez: Rómulo Antonio Bonilla Castañeda
Número de Carpeta Administrativa: 67/2019
Audiencia: Solicitud de procedimiento abreviado
Delito: Robo de vehículo automotor
Acusado: 1
El Juez de Control del Primer Distrito Judicial del Sistema Penal Acusatorio y Oral, Rómulo Antonio Bonilla Castañeda dictó por medio de un procedimiento abreviado, fallo condenatorio a una persona por su responsabilidad en la comisión del delito de robo de vehículo automotor, por hechos ocurridos en febrero de 2019.
A solicitud de los fiscales, el juzgador impuso al acusado siete años, un mes y 15 días de pena privativa de libertad; amonestación pública; la suspensión de sus derechos políticos; el pago la reparación del daño que se será cuantificado en la etapa de ejecución de sanciones; no acercarse a la empresa por el tiempo de 3 años después de cumplir con la condena, asimismo le negó los beneficios sustitutivos de pena de prisión.
El Procedimiento Abreviado es una forma de terminación anticipada del proceso penal y está previsto en el Código Nacional de Procedimientos Penales (CNPP); el artículo 201 de dicho ordenamiento establece los requisitos que el juez debe verificar para ser aprobado.
La acusación expuesta por los representantes de la Fiscalía Estatal en la audiencia realizada ayer fue la siguiente:
“Que el día 23 de febrero de 2019, aproximadamente a las 04:50 horas, el hoy acusado, ex empleado de la empresa aludida, entró a las instalaciones de la misma y se apoderó de un camión pero fue detenido momentos después, cuando conducía dicho vehículo.”
El Juez de Control Bonilla Castañeda corroboró que se cumplieran los requisitos que la ley exige para llevar a cabo el procedimiento abreviado y que los datos de prueba que presentó la Fiscalía fueron suficientes, útiles y pertinentes para determinar un fallo condenatorio. Asimismo, las partes del proceso renunciaron al derecho de interponer un recurso, por lo que la sentencia quedó firme.
Unidad de Comunicación Social y Protocolo del Poder Judicial del Estado de Yucatán
Comunicado No. UCSYP/016/ENE/2021/HIMP/MFMM
Documento con fines de divulgación. La sentencia o resolución son las únicas versiones oficiales.