Dictan auto de no vinculación a proceso a dos personas por ejercicio abusivo de funciones y uso ilícito de atribuciones y facultades
La autoridad judicial dictó auto de no vinculación a proceso a dos personas que fueron imputadas por su probable participación en hechos con apariencia de delitos de ejercicio abusivo de funciones y uso ilícito de atribuciones y facultades, debido a que, conforme a lo vertido en la audiencia por el órgano acusador, se encontró que el tiempo que pasó entre la denuncia y la acción penal ejercida ya había prescrito el tiempo establecido en ley y de que no se presentaron datos de prueba sobre pago ilícito alguno.
En la sala de audiencias del Centro de Justicia Oral de Mérida, el Juez de Control Rómulo Antonio Bonilla Castañeda determinó en la audiencia realizada el día de hoy, que a uno de los imputados se le atribuyó la contratación de 9 personas, de las cuales 8 eran parientes de otros regidores que integraron el cabildo de la administración 2015-2018 en el municipio de Cacalchén. Estas ocho personas iniciaron su relación laboral en 2015 y la denuncia se presentó por la Auditoria en 2019, por lo que la acción penal ya había preescrito, es decir el tiempo para presentar la denuncia, atendiendo a lo que marca la ley, ya había vencido. Además, en la audiencia se informó que las personas contratadas no eran parientes directos del presidente municipal.
En cuanto al segundo delito, uso ilícito de atribuciones y facultades, el juez de control encontró que no existió tal delito debido a que, atendiendo a lo vertido en la audiencia por los fiscales, el pago a las personas señaladas se hizo debido a que tenían una relación laboral, es decir, recibieron un pago por desempeñar un trabajo.
Con esta resolución, el juez de control dictó el sobreseimiento del presente caso.
Unidad de Comunicación Social y Protocolo del Poder Judicial del Estado de Yucatán
Comunicado No. UCSYP/454/DIC/2020/HIMP/MFMM
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