Legal detención de una persona por el delito de robo calificado
Jueves, 3 de diciembre de 2020
Juzgado: Primero de Control del Cuarto Distrito Judicial Juez: José Enrique Sáenz Dzul
Número de Carpeta Administrativa: 67/2020 Audiencia: audiencia inicial
Delito: robo calificado
Imputado: 1
En audiencia celebrada en el Centro de Justicia Oral de Umán, el Juez de Control, José Enrique Sáenz Dzul, calificó y ratificó como legal la detención de una persona por el delito de robo calificado.
El artículo 308 del Código Nacional de Procedimientos Penales (CNPP) establece que, inmediatamente después de que una persona sea detenida en flagrancia o caso urgente, debe ser puesta a disposición de la autoridad judicial para que el Ministerio Público justifique las razones de la detención y el juez(a) proceda a calificarla, ratificándola en caso de encontrarse ajustada a derecho o decretando la libertad en los términos previstos en el mencionado Código.
En el presente caso, después de ratificada como legal la detención por parte del Juez de Control Sáenz Dzul, los representantes de la Fiscalía Estatal comunicaron al detenido que iniciaron una investigación (formulación de imputación), acorde con los siguientes hechos:
“Que el día 29 de noviembre de 2020 aproximadamente a las 13:30 horas, el hoy imputado se introdujo al colegio denominado COBAY, ubicado en la colonia Cepeda Peraza de esta ciudad de Umán, Yucatán, apoderándose de diversos objetos muebles, sin embargo, fue sorprendido por un empleado de dicha institución, siendo que intentó darse a la fuga, pero posteriormente fue detenido.”
Posterior a la imputación, en la misma audiencia realizada ayer la Fiscalía, conforme a lo previsto en el CNPP, solicitó al Juez de Control resolver la situación jurídica del detenido (auto de vinculación a proceso), pero la defensa y el imputado solicitaron el término constitucional, es decir 72 horas, ante lo cual el Juez notificó a las partes que la audiencia de vinculación se realizará el viernes 4 de diciembre del presente, en este mismo Centro de Justicia Oral.
Por último, el Juez de Control impuso al imputado la medida cautelar de prisión preventiva por todo el tiempo que dure el proceso penal.
Unidad de Comunicación Social y Protocolo del Poder Judicial del Estado de Yucatán
Comunicado No. UCSYP/445/DIC/2020/HIMP/MFMM
Documento con fines de divulgación. La sentencia o resolución son las únicas versiones oficiales.