Legal detención por violencia familiar y lesiones

Lunes, 19 de octubre de 2020

Legal detención por violencia familiar y lesiones
 
Mérida, Yucatán a 20 de octubre de 2020
 
Juzgado: Primero de Control del Primer Distrito Judicial Juez: Santos Alfredo May Tinal
Número de Carpeta Administrativa: 162/2020 Audiencia: inicial
Delito: violencia familiar y lesiones
Imputado: 1
 
En audiencia celebrada el día de ayer en el Centro de Justicia Oral de Mérida, el Juez de Control, Santos Alfredo May Tinal, calificó y ratificó de legal la detención de una persona por los delitos de violencia familiar y lesiones.
 
El artículo 308 del Código Nacional de Procedimientos Penales (CNPP) establece que, inmediatamente después de que una persona sea detenida en flagrancia o caso urgente, debe ser puesta a disposición de la autoridad judicial para que el Ministerio Público justifique las razones de la detención y el juez(a) proceda a calificarla, ratificándola en caso de encontrarse ajustada a derecho o decretando la libertad en los términos previstos en el mencionado Código.
 
En el presente caso, después de ratificada como legal la detención por parte del Juez de Control May Tinal, los representantes de la Fiscalía Estatal comunicaron al detenido que iniciaron una investigación (formulación de imputación), acorde con los siguientes hechos:
 
“Que el 17 de octubre de 2020, aproximadamente a las 06:45 horas, el hoy imputado ejerció violencia física y verbal en contra de su pareja, hoy víctima de los hechos”.
 
Posterior a la imputación, en la misma audiencia la Fiscalía, conforme a lo previsto en el CNPP, solicitó al Juez de Control resolver la situación jurídica del detenido (auto de vinculación a proceso), pero la defensa del imputado solicitó la ampliación del término constitucional, es decir 144 horas, ante lo cual el Juez notificó a las partes que la audiencia de vinculación se realizará el sábado 24 de octubre del presente a las 12:00 horas, en este mismo Centro de Justicia Oral.
 
Por último, el Juez de Control impuso a los imputados la medida cautelar de prisión preventiva por todo el tiempo que dure el proceso penal.
 
Unidad de Comunicación Social y Protocolo del Poder Judicial del Estado de Yucatán
Comunicado No. UCSYP/384/OCT/2020/HIMP/MFMM
Documento con fines de divulgación. La sentencia o resolución son las únicas versiones oficiales.

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