Fallo condenatorio por incumplimiento de obligaciones de asistencia familiar

Viernes, 18 de septiembre de 2020

Juzgado: Primero de Control del Primer Distrito Judicial Juez: Rómulo Antonio Bonilla Castañeda
Número de Carpeta Administrativa: 98/2018 Audiencia: Solicitud de procedimiento abreviado
Delito: Incumplimiento de obligaciones de asistencia familiar
Imputado: 1
  
El Juez de Control, Rómulo Antonio Bonilla Castañeda dictó, por medio de un procedimiento abreviado, fallo condenatorio a una persona por su responsabilidad en la comisión del delito de incumplimiento de obligaciones de asistencia familiar.
 
A solicitud de los fiscales, el juzgador impuso al acusado dos años, seis meses de pena privativa de libertad y 110 días multa; amonestación pública; la suspensión de sus derechos políticos; el pago correspondiente a la reparación del daño por la cantidad de $69,992.40 M.N. considerando que, previo a la audiencia, el hoy sentenciado entregó una cantidad a la víctima.
 
En la audiencia celebrada el día de hoy, el juzgador también le concedió al acusado beneficios sustitutivos de la pena de prisión; sin embargo, para poder acceder a esos sustitutivos deberá pagar la multa y la cantidad del pago total de la reparación del daño en la etapa de ejecución.
 
El Procedimiento Abreviado es una forma de terminación anticipada del proceso penal y está previsto en el Código Nacional de Procedimientos Penales (CNPP), el artículo 201 de dicho ordenamiento establece los requisitos que el juez debe verificar para ser aprobado. 
 
De acuerdo con el artículo 206 del Código Nacional de Procedimientos Penales el Juez de Control no puede imponer una pena distinta o de mayor alcance a la que fue solicitada por los representantes de la Fiscalía Estatal y aceptada por el acusado. 
 
La acusación expuesta por los representantes de la Fiscalía Estatal en la audiencia realizada ayer fue la siguiente:
 
“Que desde el 1 de enero de 2016 el acusado no cumplió con pagar la cantidad de $300.00 M.N. de manera semanal como se comprometió en un acuerdo que firmó ante el Desarrollo Integral de la Familia (DIF) de Mérida, adicionalmente un Juez en materia familiar emitió una sentencia donde lo condenó al pago del 45% de sus percepciones como pensión alimenticia en favor de sus tres hijos.”
 
Unidad de Comunicación Social y Protocolo del Poder Judicial del Estado de Yucatán
Comunicado No. UCSYP/308/SEPT/2020/HIMP/MFMM
Documento con fines de divulgación. La sentencia o resolución son las únicas versiones oficiales.

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