Suspenden proceso por delitos contra la salud
Jueves, 17 de septiembre de 2020
Juzgado: Segundo de Control del Primer Distrito Judicial Juez: Luis Armando Mendoza Casanova
Número de Carpeta Administrativa: 118/2020 Audiencia: inicial
Delito: Contra la salud en su modalidad de narcomenudeo en su variante de posesión simple de narcóticos cocaína y metanfetamina.
Imputado: 1
En audiencia celebrada en el Centro de Justicia Oral de Mérida, el Juez de Control, Luis Armando Mendoza Casanova, dictó auto de vinculación a proceso y aprobó la suspensión del mismo, a una persona imputada por un hecho que la ley señala como delito contra la salud en su modalidad de narcomenudeo en su variante de posesión simple de los narcóticos cocaína y metanfetamina.
El Juez de Control expuso, en la audiencia, que se cumplieron los requisitos establecidos en el artículo 316 del Código Nacional de Procedimientos Penales (CNPP) para dictar el auto de vinculación a proceso.
Los hechos expuestos por los representantes de la Fiscalía Estatal en la audiencia fueron:
“Que el día 24 de julio de 2020, aproximadamente a las 02:00 horas, el hoy imputado transitaba en su vehículo sobre el kilómetro 37 del anillo periférico y en una revisión de rutina realizada por elementos policiacos, le encontraron siete bolsitas de sustancia conocida como cocaína y una bolsita de metanfetaminas”.
Seguidamente, las partes solicitaron la suspensión condicional del proceso, que de acuerdo con el Código Nacional de Procedimientos Penales (CNPP) consiste en el planteamiento formulado por el Ministerio Público o el imputado, el cual contiene un plan detallado sobre el pago de la reparación del daño y el sometimiento del imputado a una o varias condiciones.
En el presente caso, el hoy vinculado a proceso se comprometió a acudir a firmar los primeros días de cada mes al Centro Estatal de Supervisión de Medidas Cautelares y Suspensión Condicional del Proceso; a no salir del país; residir en un domicilio y mantener el trabajo que actualmente tiene. Todas estas condiciones deberá cumplirlas durante el plazo de seis meses.
Si el imputado cumple durante el plazo establecido con estas condiciones se dará la extinción de la acción penal y el sobreseimiento de la carpeta.
Unidad de Comunicación Social y Protocolo del Poder Judicial del Estado de Yucatán
Comunicado No. UCSYP/301/SEPT/2020/HIMP/MFMM
Documento con fines de divulgación. La sentencia o resolución son las únicas versiones oficiales.