Vinculados a proceso por delito contra la salud y cohecho
Viernes, 11 de septiembre de 2020
Juzgado: Primero de Control del Primer Distrito Judicial Jueza: Blanca Beatriz Bonilla González
Número de Carpeta Administrativa: 132/2020 Audiencia: inicial
Delito: Contra la salud en su modalidad de narcomenudeo en su variante de posesión simple de narcótico denominado Cannabis y cohecho
Imputados: 2
En audiencia celebrada en el Centro de Justicia Oral de Mérida, la Jueza de Control, Blanca Beatriz Bonilla González dictó auto de vinculación a proceso a dos personas por la probabilidad de que cometieron hechos que la ley señala como delitos contra la salud en su modalidad de narcomenudeo en su variante de posesión simple de narcótico denominado cannabis y cohecho.
La Jueza Bonilla González explicó en la audiencia que se cumplieron los requisitos establecidos en el artículo 316 del Código Nacional de Procedimientos Penales (CNPP) para dictar el auto de vinculación respectivo, con base en los hechos imputados por los fiscales:
“Que el 4 de septiembre, aproximadamente a las 11:45 horas, los hoy detenidos transitaban a bordo de una motocicleta manejando sin precaución en calles de la colonia Nueva San José Tecoh y al llegar a un alto no lo respectaron, hecho que vio un vehículo oficial por lo que les pidieron que se detuvieran.
Seguidamente, los elementos policiales les informaron a ambas personas que les impondrían una multa por no respetar la señal de alto obligatoria y los hoy detenidos ofrecieron a los elementos dos billetes de 100 pesos, lo cual se negaron a recibir y al realizarles una inspección a sus personas a ambos se les ocuparon bolsitas de plástico que en su interior contenía hierba seca con las características de la mariguana”.
Por último, la Jueza Bonilla González concedió el plazo de dos meses a los representantes de la Fiscalía Estatal para complementar su investigación. En la misma audiencia se realizó la audiencia de modificación de medida cautelar a uno de los imputados dado que se le inició otro procedimiento penal en el que le impusieron la medida cautelar de prisión preventiva., mientras que la otra persona imputada mantiene las medidas impuestas en audiencia anterior, las cuales tendrán vigencia por todo el tiempo que dure el proceso penal.
Comunicado No. UCSYP/294/SEPT/2020/HIMP/MFMM
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