Autoridad judicial dictó auto de vinculación a proceso por el delito de lesiones

Martes, 30 de junio de 2020

Juzgado: Primero de Control del Primer Distrito Judicial  Juez: Santos Alfredo May Tinal
Número de Carpeta Administrativa: 100/2020  Audiencia de: Vinculación a proceso 
Delito: lesiones
Imputado: 1 Víctimas: 2 
En audiencia celebrada en la sala 1 del Centro de Justicia Oral de Mérida (CJOM) el Juez de control, Santos Alfredo May Tinal, dictó auto de vinculación a proceso a una persona por la probabilidad de que cometió un hecho tipificado en la ley como delito de lesiones. 
El Juez de Control May Tinal expuso que se cumplieron cada uno de los requisitos establecidos en el artículo 316 del Código Nacional de Procedimientos Penales (CNPP) para dictar el auto de vinculación a proceso por el delito de lesiones. 
En la misma audiencia, el Juez de Control dictó auto de no vinculación a proceso por el delito de violencia familiar, dado que al realizar el análisis de los datos de prueba expuestos por los fiscales, el Juez estimó que no se acreditó un elemento integrador del delito. Sin embargo, ordenó a la Fiscalía que dicte las medidas de protección necesarias para salvaguardar la seguridad de la víctima. 
Los hechos expuestos por los representantes de la Fiscalía Estatal, fueron: 
“Que el día 22 de junio del presente año, aproximadamente a las 23:00 horas, el hoy imputado acudió a la casa donde actualmente habita la hoy víctima, en una colonia del oriente de esta ciudad, y encontrándose en el porche del domicilio ejecutó violencia física y verbal hacia ésta; sin embargo la mujer logró soltarse y entrar a la casa y cuando el imputado intentó ingresar al domicilio intervino la mamá de la víctima, hoy querellante, momento en que el imputado agredió también a esta físicamente, acción que vieron personas que se encontraban en el domicilio, quienes sometieron al hoy imputado.”
Por último, el Juez accedió al plazo de dos meses solicitado por la Fiscalía para continuar con la investigación complementaria. Asimismo, impuso al imputado diversas medidas cautelares, las cuales son, el sometimiento al cuidado o vigilancia del Centro Estatal de Medidas Cautelares; la colocación de un localizador electrónico y el resguardo en su propio domicilio, dichas medidas se mantendrán por todo el tiempo que dure el proceso. 
Unidad de Comunicación Social y Protocolo del Poder Judicial del Estado de Yucatán
Comunicado No. UCSYP/189/JUN/2020/SAMR/MFMM
Documento con fines de divulgación. La sentencia o resolución son las únicas versiones oficiales.

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