Fallo condenatorio por los delitos de portación de armas e instrumentos prohibidos, ataques peligrosos y daño en propiedad ajena contra servidor público
martes, 23 de junio de 2020
Juzgado: Segundo de Control del Primer Distrito Judicial Juez: Luis Armando del Jesús Mendoza Casanova
Número de Carpeta Administrativa: 394/2019 Audiencia intermedia: Procedimiento abreviado
Delitos: Portación de armas e instrumentos prohibidos, ataques peligrosos y daño en propiedad ajena contra servidor público
Acusado: 1 Víctimas: 2
El Juez de Control del Primer Distrito Judicial del Estado del Sistema Penal Acusatorio y Oral, Luis Armando del Jesús Mendoza Casanova, dictó, por medio de un procedimiento abreviado, fallo condenatorio a una persona por su responsabilidad en la comisión de los delitos de, portación de armas e instrumentos prohibidos, ataques peligrosos y daño en propiedad ajena contra servidor público, por hechos ocurridos en diciembre de 2019.
En audiencia celebrada en el Centro de Justicia Oral de Mérida (CJOM), los representantes de la Fiscalía Estatal expusieron en su acusación:
“Que el día 29 de diciembre del año 2019, siendo aproximadamente las 00:25 horas, el ahora acusado encontrándose en una calle de la colonia Chuburná Hidalgo, de esta ciudad, portaba sobre su radio de acción y disponibilidad un arma blanca consistente en un cuchillo, y que al tratar de ser entrevistado por agentes de la Policía Estatal de Investigación de la Secretaría de Seguridad Pública, empujó de manera sorpresiva a uno de los agentes y empleando dicha arma lanzó un tajo a otro agente quien logró esquivar el ataque, recibiendo daño el chaleco que portaba.”
El Juez Mendoza Casanova explicó que corroboró que se cumplieron los requisitos que la ley exige para llevar a cabo el procedimiento abreviado y que los datos de prueba que presentó la Fiscalía fueron suficientes, útiles y pertinentes para determinar un fallo condenatorio.
A solicitud de los fiscales el Juez de control declaró penalmente responsable al acusado y le impuso dos años de pena privativa de la libertad; lo condenó a pagar una multa de 38 veces la Unidad de Medida y Actualización vigente en la época de los hechos, equivalente a la cantidad de $3,210.62 moneda nacional; lo amonestó públicamente; le suspendió sus derechos políticos; le concedió los beneficios sustitutivos de prisión y le prohibió acercarse a la víctimas y al domicilio de éstas.
Además, el Juez condenó al sentenciado a pagar a favor de la víctima por daño en propiedad ajena, la cantidad de $850.00 moneda nacional, en concepto de la reparación del daño material.
Unidad de Comunicación Social y Protocolo del Poder Judicial del Estado de Yucatán
Comunicado No. UCSYP/180/JUN/2020/SAMR/MFMM
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