Resoluciones de la Sala Colegiada del Sistema de Justicia Penal Acusatorio y de Ejecución de Sanciones y Medidas de Seguridad

Lunes, 8 de junio de 2020

La Primera Sala Colegiada del Sistema de Justicia Penal Acusatorio y de Ejecución de Sanciones y Medidas de Seguridad del Tribunal Superior de Justicia resolvió dos recursos de apelación en las cuales confirmó las resoluciones que los jueces emitieron, en un caso se trató de una vinculación a proceso emitida por un Juez de Control y en el segundo caso una resolución emitida por un Juez de Ejecución.

En el primer caso, la Sala confirmó la vinculación a proceso que dictó la jueza de control por el delito de feminicidio en grado de tentativa.

El hoy imputado por el delito antes mencionado interpuso el recurso de apelación marcado con el número 178/2019 en contra del auto de vinculación a proceso dictado el 4 de septiembre de 2019 por la Jueza Primero de Control del Segundo Distrito Judicial del Sistema Penal Acusatorio y Oral del Estado.

Después de que los Magistrados de la Primera Sala Colegiada Penal Acusatorio y de Ejecución de Sanciones y Medidas de Seguridad, conformada por la Magistrada Ligia Aurora Cortés Ortega, Magistrado Luis Felipe Esperón Villanueva y Magistrado Marcos Alejandro Celis Quintal, analizaron los agravios presentados por el hoy imputado, los determinaron como infundados e insubsistentes.

La Sala advirtió que la Jueza de Control analizó la información dada por las partes de manera razonable, también valoró de manera libre y lógica los datos de prueba aportados, los que permitieron establecer que el hecho fue delictuoso, por lo que confirmó el auto de vinculación a proceso en virtud de que se cumplieron los requisitos previstos en el numeral 316 del Código Nacional de Procedimientos Penales.

En otro caso, la Sala resolvió un recurso de apelación marcado con el número 172/2019 interpuesto por la víctima indirecta de un homicidio calificado cometido en pandilla.

La víctima indirecta de este delito se inconformó en contra de la resolución que el Juez de Ejecución emitió el pasado 12 de diciembre de 2019, en la cual autorizó el traslado voluntario de una persona sentenciada a un lugar cercano a su domicilio para que siga compurgando su pena.

Cabe mencionar que la persona sentenciada cumplirá una condena de 17 años 2 meses y 12 días que le impuso un Juez de Control, derivado de un procedimiento abreviado.

La Sala consideró infundados los agravios de la víctima indirecta ya que reconoció el derecho de la persona hoy sentenciada a compurgar las penas en un lugar cercano a su domicilio, con el objetivo de fomentar su reintegración a la sociedad, por lo que confirmó la sentencia del Juez de Ejecución y se autorizó el traslado de la persona sentenciada.

Sin embargo, la Sala señaló que corresponde al Juez de Ejecución acordar lo concerniente para que el procedimiento de ejecución continúe como garantía de protección de los derechos de la víctima indirecta y también velar por los derechos de la persona sentenciada.

Unidad de Comunicación Social y Protocolo del Poder Judicial del Estado de Yucatán

Comunicado No. UCSYP/156/JUN/2020/HIMP/MFMM

Documento con fines de divulgación. La sentencia o resolución son las únicas versiones oficiales.

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