Autoridad judicial aprueba suspensión condicional del proceso por el delito de lesiones calificadas y violencia familiar
martes, 19 de mayo de 2020
Juzgado: Segundo de Control del Primer Distrito Judicial del Estado Juez: Elsy del Carmen Villanueva Segura
No. Carpeta de Administrativa: 236/2018
Audiencia intermedia: Suspensión condicional del proceso
Delitos: Lesiones calificadas y violencia familiar
Imputado: 1 Víctima: 1
En una audiencia realizada en la sala 3 del Centro de Justicia Oral de Mérida (CJOM), la jueza de control del sistema penal acusatorio y oral, Elsy del Carmen Villanueva Segura, resolvió, sin que la víctima ni la Fiscalía se opusieran, acceder a la solicitud de la Defensa del imputado para terminar este proceso penal por una vía alterna, consistente en la suspensión condicional del proceso, lo que se encuentra previsto en el Código Nacional de Procedimientos Penales (CNPP).
El imputado solicitó esta salida alterna, comprometiéndose a cumplir las condiciones, previstas en el artículo 195 de dicho Código. Por ello, en audiencia, la Jueza resolvió aprobar la suspensión condicional del proceso debido a que se cumplieron los distintos requisitos legales, como es la propuesta de un plan de reparación del daño y la aplicación de determinadas condiciones a cargo del imputado, sin que hubiera oposición de la víctima, además de que la Fiscalía Estatal verificó en los registros correspondientes que el acusado no se ha sometido a una suspensión condicional anterior.
Las condiciones que deberá cumplir el acusado por un plazo de seis meses, son las siguientes: residir en el domicilio de sus padres; no tener ningún tipo de contacto físico, telefónico ni por medios digitales con la víctima; abstenerse de consumir drogas o estupefacientes o de abusar de las bebidas alcohólicas; participar en programas especiales para la prevención y el tratamiento de adicciones; someterse a tratamiento psicológico y talleres como la reeducación para hombres que ejercen violencia de género; retomar la licenciatura en mercadotecnia que cursaba, en el plazo de dos meses; sometimiento y vigilancia por parte del Centro Estatal de Medidas Cautelares y de la Suspensión Condicional del Proceso de la Secretaría de Seguridad Pública; abstenerse de viajar al extranjero; la imposición de un dispositivo electrónico para monitorear la restricción de acercamiento a menor de 300 metros de la víctima; y el pago de la reparación del daño a favor de la víctima por la cantidad de $300,000.00 M. N. de los cuales el primer pago se fijó para el 26 de mayo del presente año por la cantidad de $50,000.00 y las subsecuentes, en cinco exhibiciones, se realizarán cada mes.
Los hechos materia de este caso acontecieron el día 07 de noviembre de 2018 aproximadamente a las 9:10 horas, cuando el ahora imputado propinó diversos golpes a la hoy víctima ocasionándole lesiones que tardan en sanar más de 15 días. Estos hechos ocurrieron en un domicilio particular de esta ciudad de Mérida.
Unidad de Comunicación Social y Protocolo del Poder Judicial del Estado de Yucatán
Comunicado No. UCSYP/123/MAY/2020/SAMR/MFMM
Documento con fines de divulgación. La sentencia o resolución son las únicas versiones oficiales.