Autoridad judicial dicta auto de vinculación a proceso por el delito de motín
Miércoles, 6 de mayo de 2020
Juzgado: Segundo de Control del Primer Distrito Judicial Juez: Luis Edwin Mugarte Guerrero
Número de Carpeta Administrativa: 87/2020 Audiencia de: vinculación a proceso
Delito: Motín Imputado: 1
En audiencia celebrada ayer en la sala 2 del Centro de Justicia Oral de Mérida (CJOM), el Juez del Primer Distrito Judicial del Sistema Penal Acusatorio y Oral, Luis Edwin Mugarte Guerrero dictó auto de vinculación a proceso a una persona por la probabilidad de que cometió un hecho tipificado en la ley como delito de motín.
El Juez de control expuso que se cumplieron cada uno de los requisitos establecidos en el artículo 316 del Código Nacional de Procedimientos Penales (CNPP) para dictar el auto de vinculación a proceso.
Los hechos expuestos por los representantes de la Fiscalía Estatal y denunciados por el Consejero Jurídico del Gobierno del Estado de Yucatán, fueron:
“Que aproximadamente a las 12:30 horas del día 20 de abril del presente año, en la calle 61 por 60 y 62 del Centro de la Ciudad de Mérida, Yucatán, a las puertas del Palacio de Gobierno, un grupo de aproximadamente 40 personas, entre los que se encontraba el ahora imputado, reunidos tumultuariamente, bajo el pretexto de estar ejerciendo los derechos de petición y de protesta, ya que manifestaban su inconformidad con una entrega de apoyos de parte del gobierno, exigían al Gobierno del Estado de Yucatán les otorgara algún apoyo o mercancías, perturbando con ello el orden público, con empleo de violencia material toda vez que prendieron fuego a diversas prendas de vestir que llevaban consigo, en tanto que el imputado desprendió partes de una planta del inmueble de gobierno, juntó ramas secas y les prendió fuego, y momentos después le prendió fuego directamente a la misma planta. Asimismo, dichas personas proferían amenazas para intimidar a la autoridad y obligarla a tomar alguna determinación en el sentido de otorgarles algún apoyo o mercancías, ya que anunciaron la realización de actos de índole delictivo como el hecho de entrar a robar en supermercados en el contexto de la contingencia sanitaria que notoriamente ha afectado a la economía pública.”
En la audiencia de hoy el Juez accedió al plazo de dos meses solicitado por la Fiscalía para continuar con la investigación complementaria. Cabe señalar que la persona vinculada a proceso continuará con la medida cautelar de prisión preventiva justificada que le fue impuesta en la audiencia inicial, y ésta se mantendrá vigente por el término de tres meses.
De acuerdo con el artículo 149 del Código Penal del Estado "cometen el delito de motín quienes para hacer uso de un derecho o pretextando su ejercicio o para evitar el cumplimiento de una ley, se reúnan tumultuariamente y perturben el orden público con empleo de violencia en las personas o sobre las cosas, o amenacen a la autoridad para intimidarla u obligarla a tomar alguna determinación".
Unidad de Comunicación Social y Protocolo del Poder Judicial del Estado de Yucatán
Comunicado No. UCSYP/111/MAY/2020/SAMR
Documento con fines de divulgación. La sentencia o resolución son las únicas versiones oficiales.