Autoridad judicial dictó auto de vinculación a proceso por el delito de robo calificado cometido con violencia y en pandilla

Jueves, 16 de abril de 2020

Juzgado: Primero de Control del Primer Distrito Judicial Juez: Rómulo Antonio Bonilla Castañeda
 
Número de Carpeta Administrativa: 223/2019     Audiencia de: formulación de imputación y vinculación a proceso
 
Delito: Robo calificado cometido con violencia y en pandilla
 
Imputado: 1      
 
En audiencia celebrada el día de hoy en la sala 6 del Centro de Justicia Oral de Mérida (CJOM), el Juez del Primer Distrito Judicial del Sistema Penal Acusatorio y Oral, Rómulo Antonio Bonilla Castañeda, dictó auto de vinculación a proceso a una persona por la probabilidad de que cometió un hecho que la ley señala como delito de robo calificado cometido con violencia y en pandilla.
 
Los representantes de la Fiscalía General del Estado (FGE) informaron al detenido que se le inició una investigación (formulación de imputación), acorde con los siguientes hechos:
“Que el día 8 de julio del año 2019, el ahora imputado en compañía de 3 personas más, se introdujo en el interior de un predio ubicado en la colonia Itzimná de esta ciudad y haciendo uso de la violencia física y moral en contra de dos personas que se encontraban en el predio, se apoderó, sin derecho ni consentimiento, de la cantidad de $100,000.00 en efectivo y una caja fuerte, para posteriormente darse a la fuga junto con las otras personas "
 
En la misma audiencia, el imputado se reservó su derecho a declarar y renunció al plazo que la ley le otorga para resolver su situación jurídica, a raíz de lo cual, el Juez Bonilla Castañeda continuó con la vinculación a proceso y explicó que se cumplieron cada uno de los requisitos establecidos en el artículo 316 del Código Nacional de Procedimientos Penales (CNPP) para dictar el auto de vinculación respectivo.
 
Por último, el Juez de control accedió al plazo de dos meses solicitado por la Fiscalía para continuar con la investigación; asimismo impuso al imputado la medida cautelar de prisión preventiva oficiosa, por todo el tiempo que dure el proceso penal.
 
 Unidad de Comunicación Social y Protocolo del Poder Judicial del Estado de Yucatán
Comunicado No. UCSYP/93/ABR/2020/SAMR/MFMM
 
Documento con fines de divulgación. La sentencia o resolución son las únicas versiones oficiales.

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