Tribunal 2° de Enjuiciamiento impone penas por el delito de violación equiparada y violación equiparada agravada
Tribunal:Segundo de Enjuiciamiento No. Carpeta de Administrativa: 156/2019
Audiencia de:individualización de sanciones y reparación del daño
Delitos:Violación equiparada y violación equiparada agravada
Imputado:1 Víctimas: 2
El Tribunal 2° de Enjuiciamiento del Poder Judicial del Estado impuso la pena privativa de libertad de 40 años de prisión a una persona por su responsabilidad en la comisión del delito de violación equiparada y violación equiparada agravada, con base en las pruebas que se desahogaron durante un juicio oral que inició el pasado 5 de marzo en el Centro de Justicia Oral de Mérida (CJOM).
En audiencia pública, el Tribunal también condenó al sentenciado al pago de una multa de 825 veces la Unidad de Medida y Actualización vigente en la época de los hechos, equivalente a la cantidad de $69,704.25 M.N.; le negó los beneficios sustitutivos de prisión; lo amonestó públicamente; le suspendió sus derechos políticos y le prohibió acercarse a las víctimas y al domicilio de éstas de manera permanente y definitiva posteriormente al cumplimiento de la pena de prisión.
Además, el Tribunal condenó al sentenciado a pagar a favor de la víctima menor de edad, por conducto de su representante legítima y progenitora, la cantidad de $100,000.00 M.N. y pagar a favor de la denunciante víctima directa, la cantidad de $100,000.00 M.N., estas cantidades en concepto de la reparación del daño moral.
La Juez relatora explicó que de acuerdo con el artículo 406 párrafo V del Código Nacional de Procedimientos Penales, cuando no se permita establecer con certeza el monto de los daños y perjuicios, o de las indemnizaciones correspondientes, el Tribunal de Enjuiciamiento podrá condenar genéricamente a reparar los daños y perjuicios y ordenar que se liquiden en ejecución de sentencia por vía incidental, siempre que éstos se hayan demostrado, así como su deber de repararlos. Por lo tanto, en este caso particular la cuantía de los gastos derivados de terapias y tratamientos psicológicos requeridos por las víctimas, las determinará el Juez de ejecución.
La acusación objeto del juicio, se basó en los siguientes hechos: “Desde las 11:30 horas del 10 de febrero de 2019 hasta las 7:00 horas del 12 de febrero de este mismo año el ahora sentenciado privó de la libertad a una persona del sexo femenino y a su hija menor de edad, y durante ese tiempo aprovechó para imponerles cópula, en el interior de un predio ubicado en la colonia San Antonio Xluch”.
La Juez María del Socorro Tamayo Aranda, en su calidad de presidenta en esta ocasión, informó a las partes que la audiencia de lectura y explicación de sentencia se realizará el próximo martes 24 de marzo a las 10:00 horas, en este mismo Centro de Justicia. El Tribunal 2° de Enjuiciamiento del Poder Judicial del Estado de Yucatán también está conformado por los jueces, Verónica de Jesús Burgos Pérez, relatora para el caso y el Juez Sergio Javier Marfil Gómez, como vocal.
Unidad de Comunicación Social y Protocolo del Poder Judicial del Estado
Reporte de audiencia UCSYP No.67/MAR/2020/SAMR