Confirman sentencia de culpabilidad por feminicidio agravado en grado de tentativa

miércoles, 2 de octubre de 2019

Los magistrados integrantes de la Primera Sala Colegiada del Sistema de Justicia Penal Acusatorio del Tribunal Superior de Justicia del Estado resolvieron, por unanimidad de votos de sus tres integrantes, confirmar en todos sus términos una sentencia de primera instancia que determinó como penalmente responsable a una persona por el delito de feminicidio agravado en grado de tentativa y le impuso 27 años y 6 meses como pena privativa de libertad.

En audiencia pública realizada este día en la sala de audiencias orales de la sede del más alto tribunal del estado, la magistrada ponente para este caso y a la par presidenta de la sala, Ligia Aurora Cortés Ortega, propuso la resolución en la que se confirma el fallo y la sentencia de 1ª instancia emitida por el Tribunal 2º de Enjuiciamiento el 3 de julio del presente año derivado de la causa penal 78/2018 y la cual fue recurrida mediante recurso de apelación por el hoy sentenciado.

Los hechos motivo del juicio oral tuvieron lugar en esta ciudad de Mérida en el año 2016 cuando el hoy sentenciado agredió en dos ocasiones con un arma blanca a la hoy víctima quien se encontraba en las inmediaciones de un campo deportivo, por lo cual pudo obtener ayuda y sobrevivir a la agresión.

Al exponer su resolución ante los magistrados integrantes de la sala Marcos Alejandro Celis Quintal y Luis Felipe Esperón Villanueva y también a las partes, víctima y sentenciado, la magistrada Cortés Ortega expuso que en la resolución se dio preponderancia al dicho de la víctima quien describió el patrón de violencia que vivió durante los 24 años de matrimonio con el hoy sentenciado, así como también el Tribunal valoró de forma libre y bajo las reglas que exige la ley las valoraciones psicológicas a la víctima, así como los testimonios de dos personas que la ayudaron al momento de la agresión.

Expuso que en el asunto, el cual resolvió desde una perspectiva de género, quedó confirmada la violencia física y psicológica que padeció la víctima, pero también el abuso de poder y el trato denigrante ejercido por el hoy sentenciado que provocaron un entorno de violencia familiar y feminicida.

De acuerdo con el Código Nacional de Procedimientos Penales vigente en el país, la apelación es un recurso de inconformidad que las partes pueden interponer, previo cumplimiento de requisitos,  en contra de resoluciones judiciales y sentencias definitivas como fue el caso y ante el cual el Tribunal de Alzada, en este caso la Primera Sala Colegiada del Sistema de Justicia Penal Acusatorio del Tribunal Superior de Justicia del Estado puede confirmar, modificar o revocar la resolución impugnada, o bien ordenar la reposición del acto que dio lugar a la misma.

Unidad de Comunicación Social y Protocolo del Poder Judicial del Estado

Reporte de audiencia UCSYP No.45/OCT/2019/MFMM

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