Fallo condenatorio por delito de violación equiparada agravada en grado de tentativa en procedimiento abreviado

Martes, 23 de julio de 2019

Fallo condenatorio por delito de violación equiparada agravada en grado de tentativa en procedimiento abreviado

Fecha: 23/julio/2019

Juzgado: 2º de Control

Juez: Luis Edwin Mugarte Guerrero

Carpeta administrativa: 130/2019

Tipo de audiencia: Procedimiento Abreviado

Delito: Violación equiparada agravada en grado de tentativa

Imputados: 1

Víctima: 1

Fallo condenatorio a una persona como autor material directo del delito de violación equiparada agravada en grado de tentativa fue dictado por el juez de control del Primer Distrito Judicial del sistema penal acusatorio y oral del Poder Judicial del Estado, Luis Edwin Mugarte Guerrero en audiencia pública realizada este día en el Centro de Justicia Oral de Mérida (CJOM).

Este fallo se deriva de un procedimiento abreviado propuesto por la defensa y sobre el cual no hubo oposición de las partes, siendo este una forma anticipada de terminar el proceso sin que llegue a la etapa de juicio oral y que está previsto en la ley vigente. En el procedimiento abreviado  es la Fiscalía quien propone las penas y medidas a imponer, las cuales no pueden ser modificadas por el juez.

En la audiencia, los representantes de la Fiscalía Estatal expusieron que el día 17 de abril del año en curso aproximadamente entre las 9:00 y 9:40 horas, el hoy acusado se encontraba en su domicilio ubicado en el municipio de Conkal,  al cuidado de la hija de su pareja sentimental, una menor de once años de edad de identidad reservada y encontrándose solo con ella trató de llevar a cabo la cópula, momento en el cual  fue sorprendido por la madre de la menor cuando regresó al domicilio.

 La Fiscalía solicitó que  el imputado reconozca su participación en la comisión del hecho que la ley señala como delito, el pago de la reparación de daño de manera abstracta y genérica, una pena privativa de la libertad de dos años y nueve meses, el  pago de 67 días de multa, la prohibición de acercarse a la víctima después de haber cumplido con la  pena impuesta, que sea amonestado públicamente, la suspensión de sus derechos políticos y a los beneficios sustitutivos de la pena por no superar más de cinco años de pena privativa de la libertad.

El juez Mugarte explicó que los datos de prueba que presentó la Fiscalía fueron útiles, idóneos y pertinentes por lo que adquirieron valor jurídico, señaló que el bien jurídico violentado en este caso fue la seguridad sexual de la menor y se demostró más allá de toda duda razonable que el acusado cometió el delito por el cual fue sentenciado, quedando así destruida la presunción de inocencia. Las partes solicitaron fuera dispensada  audiencia para la lectura y explicación de sentencia, a lo que el juez accedió.

Unidad de Comunicación Social y Protocolo del Poder Judicial del Estado de Yucatán

Reporte de audiencia No. UCSYP/19/JULIO/2019/CCCC/MFMM

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