Reintegrar al adolescente, fin del sistema de justicia especializado

Jueves, 25 de abril de 2019

Jueces y especialistas del sistema especializado en justicia para adolescentes del Poder Judicial del Estado destacaron el carácter reeducativo de las medidas que se imponen a loe menores de edad que son responsables de delitos.

Lo anterior se dijo en la mesa panel “La reeducación con perspectiva de género en el sistema penal juvenil” que se realizó esta tarde en la sede del Tribunal Superior de Justicia del Estado, evento coordinado por la Magistrada Ligia Aurora Cortés Ortega, Enlace Nacional e integrante de la Comisión de igualdad de género del Poder Judicial, en el marco del “Día Naranja” establecido cada 25 de mes para resaltar acciones que incidan en la igualdad entre hombres y mujeres.

Participaron en la mesa el Consejero de la Judicatura del Poder Judicial del Estado Luis Alfredo Solís Montero; la jueza especializada en el sistema de justicia penal para adolescentes Manuela Francisca Chiu Dorantes y la Secretaria de acuerdos de la sala de justicia para adolescentes María Angélica Martínez Galván, bajo la moderación del Magistrado Santiago Altamirano Escalante.

 La jueza Chiu Dorantes expuso que el proceso penal para el caso de adolescentes debe observar en todo momento el fin socieducativo del sistema. Explicó que la medida de sanción para una persona adolescente que ha sido hallada responsable de un delito es la reinserción social y reintegración, para lo cual se toman en cuenta los ámbitos familiar, laboral, escolar y comunitario en los que se desarrolla la persona.

Dijo que el sistema también toma en cuenta la perspectiva de género a través de la reeducación que permita a los jóvenes entender cuál es el verdadero rol del hombre y la mujer en sociedad. Resaltó que en muchas ocasiones los jóvenes reproducen roles tradicionales que fueron aprendidos en el hogar e incluso cuando se trata de hogares con jefas de familia, los jóvenes pueden llegar a ejercer violencia en contra de ellas, ya que se les educa en un ambiente permisivo.

Las madres adquieren el papel de sometidas ante los hijos, se vuelven hogares permisivos en los que se toman bebidas alcohólicas, puede haber consumo de drogas, no hay horarios estrictos y por ello los jóvenes adquieren una conducta machista.

La jueza explicó que para reintegración de los jóvenes es necesario garantizar el cumplimiento de sus derechos, escucharlos, tomar en cuenta su opinión e involucrarlos en la elaboración de su plan individualizado para minimizar los efectos negativos que la medida de sanción pueda tener en su vida futura y fomentar los vínculos familiares y sociales que contribuyan a su desarrollo personal  

Este trabajo se hace a través de diversos talleres que se aplican desde el ámbito de salud, psicología y de trabajo social. “Cuando se detecta este tipo de características y circunstancias se llevan a cabo talleres en el entorno del joven y se trabaja con la familia para que las madres puedan retomar esa figura de autoridad que se ha perdido por seguir patrones de conducta de violencia que se extiende también a las hermanas del joven”, expresó.

Se busca cambiar su actitud con respecto a la figura femenina, que se ve a través del maltrato verbal y físico frente a sus madres y en las relaciones de pareja que tienen y que terminan en enfermedades de transmisión sexual y embarazos no deseados, añadió la jueza Chiu Dorantes.

Por su parte, el consejero de la Judicatura Luis Solís Montero, dijo que se trabaja con los adolescentes con base en medidas sancionadoras que no tienen la finalidad de castigar, sino de ayudar en su proceso de reincorporar al joven a su entorno social y familiar. Estas medidas, explicó, también se rigen por instrumentos internacionales y tienden a que el imputado o sentenciado quede en el seno de la familia como finalidad última que es la formación.

Por su parte,  Martínez Galván dijo que se reeduca a los adolescentes a través de conductas socialmente positivas. Recordó que en 1972 los menores eran considerados inimputables por falta de desarrollo, pero ahora son imputables como personas en desarrollo cuando tienen entre más de 12 y menos de 18 años.

Antes infringían la ley y se iban a la correccional por la desobediencia hacia los padres, por conducta indebida en la escuela y por vida licenciosa y debía corregírseles, eso estuvo hasta los ochenta y se quedaba al libre albedrío de un Consejo.

Sin embargo, apuntó la ley nacional vigente ya toma en cuenta cuestiones de carácter educativo, deporte, adquisición de habilidades, equidad y perspectiva de género.

 

Unidad de comunicación social y protocolo del Poder Judicial del estado de Yucatán

Comunicado de prensa UCSYP/71/ABR/2019

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