Reconocen avances en derechos de los niños y del principio de su Interés Superior

Jueves, 29 de noviembre de 2018

El reconocimiento de los derechos de los niños, niñas y adolescentes, así como del principio del Interés Superior del Menor ha sido gradual y actualmente el marco jurídico mexicano y las sentencias de la Suprema Corte de Justicia de la Nación los reconocen, protegen y garantizan, expresó la Dra. Carla Roel Olvera, especialista y autora de obras jurídicas en torno al tema.

En el marco de la conferencia “Interés Superior del Menor” que se llevó a cabo en la sede del Tribunal Superior de Justicia, como parte del programa de capacitación continua del Poder Judicial del Estado para fortalecer la ética y el respeto a los derechos humanos, refirió que, en el pasado, sólo se protegían las facultades discrecionales de los padres, pero se ignoraba este principio.

Sin embargo, dijo, en este camino ha quedado claro que los niños tienen intereses que son distintos a los de los padres y por eso este concepto fue avanzando, hasta que se consideró como un asunto público y jurídicamente protegido.

Añadió que el Interés Superior del Menor es un principio que actualmente se reconoce y garantiza en todas las constituciones del mundo e implica proteger y garantizar la plena satisfacción de todos los derechos de los niños, niñas y adolescentes.

En México en 2011 se consagró en el artículo 4o constitucional este principio, conforme a la Convención de los Derechos del Niño. En 2014 se promulgó la ley general de niños, niñas y adolescentes, la cual “es un parteaguas en la legislación nacional en cuanto a este principio”, ya que establece un sistema integral y políticas públicas para proteger y garantizar sus derechos y el propio Principio.

Actualmente, la Constitución mexicana establece que en todas las decisiones y actuaciones del Estado se velará y cumplirá con el principio del interés superior de la niñez, garantizando de manera plena sus derechos y que los niños y las niñas tienen derecho a la satisfacción de sus necesidades de alimentación, salud, educación y sano esparcimiento para su desarrollo integral.

La especialista incluyó en su análisis diversas fuentes del derecho como algunas jurisprudencias de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) e incluso teorías actuales, todos estos elementos a los que deben acudir los jueces familiares en la compleja tarea de tomar decisiones en casos en los que se involucre el principio del Interés Superior del Niño.

Recordó que, tal como lo establece la ley, los juzgadores deben considerar de manera primordial en la toma de decisiones este Principio cuando se debate una cuestión que involucra a niños, niñas y adolescentes y también, cuando se presenten diversas interpretaciones, se elija la que haga de manera más efectiva el cumplimiento de este principio rector.

Sin embargo, consideró que el hecho de que la ley establezca el "Interés Superior de la Niñez" y no del Menor, que se refiere a todo menor de edad, podría prestarse a una interpretación que deje fuera a los adolescentes.

La Dra. Carla Roel Olvera es Licenciada en Derecho, Maestra en Ciencias Jurídicas y Doctora en Derecho por la Universidad Panamericana, Maestra en Ciencias de la Familia por el Instituto Pontificio para el Matrimonio y la Familia Juan Pablo II, Instructora en la organización The Family of the Americas Foundation, Tanatóloga y especialista en atención de duelo en las Fundaciones The Elisabeth Kübler-Ross Foundation y The MISS Foundation.

Cabe destacar que esta conferencia fue organizada por el Departamento de Formación, Capacitación y Profesionalización del Tribunal Superior de Justicia, en coordinación con el Centro de Ética Judicial, que es una asociación civil sin fines de lucro que busca conjuntar a la comunidad jurídica para contribuir a la aplicación de los Derechos Humanos con imparcialidad.

Unidad de Comunicación Social y Protocolo del Poder Judicial del Estado

Redacción: Lic María Fernanda Matus Martínez

Comunicado No. UCSYP/150/NOV/2018

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