Sentenciado a 50 años por homicidio calificado (2) y robo de vehículo automotor cometido con violencia y en pandilla (2) en el caso de los volqueteros

lunes, 19 de junio de 2017

Reporte de audiencia

Fecha: 19/Junio/2017      Tribunal: Primero de Enjuiciamiento

Número de Juicio:  15/2017

Jueces: Níger Desiderio Pool Cab (Presidente)

                        Fabiola Rodríguez Zurita 

                        Nidia Guadalupe Celis Fuentes

Tipo de audiencia: Lectura de sentencia 

Delito: Homicidio calificado (2) y robo de vehículo automotor cometido con violencia y en pandilla (2)

Acusados: 1

Hechos acusados por los fiscales:

Que el 12 de noviembre de 2015, aproximadamente a las 15:30 horas, el ahora acusado en compañía de tres personas más, se puso de acuerdo para apoderarse de un camión volquete en el anillo periférico a la altura del distribuidor vial “Chichí Suárez”.

El hoy acusado, en compañía de dos personas más, amagó al chofer y lo obligaron a conducir hasta el kilómetro 8+600 del anillo periférico, donde lo bajaron. En ese momento se estacionó otro volquete cuyo conductor también fue amagado y bajado del vehículo, luego de lo cual adentraron a ambos choferes en la maleza y los privaron de la vida entre las 15: y 15:45 horas.

Posteriormente se apoderaron de los volquetes y se dirigieron hacia la carretera Cancún.

Resolución del Tribunal:

El Tribunal valoró las pruebas que se desahogaron en el juicio y determinó, por unanimidad de votos, imponerle la máxima de las sanciones que establece el Código Penal del Estado que son 50 años de prisión.

El Tribunal Segundo de Enjuiciamiento, presidido en esta ocasión por el juez Níger Desiderio pool Cab y conformado por las juezas Nidia Guadalupe Celis Fuentes y Fabiola Rodriguez Zurita, tuvo por acreditado la existencia de un hecho que la ley señala como delito y que la Fiscalía acusó como homicidio calificado (2).

También, en el desarrollo del juicio quedó demostrado el delito que la fiscalía acusó que fue el de robo calificado cometido con violencia y en pandilla, sin embargo, el tribunal determinó que el robo fue de vehículo automotor por lo que reclasificó el delito y quedó como robo de vehículo automotor cometido con violencia y en pandilla (2)

Después de estos hechos acreditados el Tribunal resolvió lo siguiente:

-Queda demostrada la existencia de los delitos de homicidio calificado (2) y robo de vehículo automotor (2)

-En consecuencia se condena al hoy acusado como co autor material y directo de los delitos ya acreditados

-Al sentenciado se le impone la pena privativa de libertad de 50 años de prisión y multa de 35, 470.60 pesos, la cual cumplirá conforme a las disposiciones de la ley de ejecución aplicable al caso.

-Se le condena al hoy sentenciado al pago de 1,406,206.00 pesos por cada homicidio.

-Se le condena al hoy sentenciado al pago de 6,034.48 pesos por concepto de reparación del daño por el delito de robo de vehículo automotor, esto toda vez que se recuperaron los vehículos y fueron devueltos a quien acreditó su pertenencia, sin embargo la empresa propietaria erogó gastos por concepto de resguardo de los dos volquetes, mismo que fueron acreditados durante el juicio.

 -Se le amonestó con efectos de que no vuelva a reincidir

-Se le suspendió sus derechos políticos

-Se le hizo saber a las partes que ante esta sentencia emitida pueden interponer el recurso de apelación en los plazos establecidos por la ley.

Unidad de Comunicación Social y Protocolo
Comunicado

Comunicado No. UCSYP/93/JUN/2017

Redacción: lic. Herbé Israel Mukul Peraza

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