Facilita Poder Judicial del Estado de Yucatán reproducción electrónica de expedientes en juzgados

Miércoles, 4 de julio de 2012

 

El Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado de Yucatán (PJEY) facilitará la reproducción electrónica de expedientes en todos los juzgados, con el objetivo de agilizar la atención en sus oficinas y mejorar los mecanismos de consulta de archivos judiciales por parte de los litigantes y ciudadanos.

El Presidente del Tribunal Superior de Justicia y del Consejo de la Judicatura del PJEY, Marcos Alejandro Celis Quintal exhortó a los jueces a adoptar este cambio, en beneficio de los usuarios de los servicios de justicia en el estado.

Explicó que la nueva disposición, publicada ya en el Diario Oficial del Estado, establece que las personas que acrediten ser parte en los procedimientos que cursan ante los Juzgados de primera instancia del Poder Judicial del Estado, o que están autorizados para recibir documentación en su nombre, podrán reproducir de manera electrónica, las constancias que obren en los expedientes relativos a los procedimientos en curso.

Esto incluye su reproducción a través de cámaras digitales, escáneres, lectores láser u otro medio electrónico de reproducción portátil que posean, previo registro y autorización ante el juzgado donde se encuentre el expediente.

En el Acuerdo general número OR03-120301-01 del Consejo de la Judicatura se establece que es de primordial importancia aprovechar las ventajas que ofrece la tecnología, por lo cual se hace necesario emitir un marco normativo que facilite este tipo de reproducciones, las cuales son muy demandadas por los usuarios.

En su Artículo 5 el Acuerdo establece que, al solicitar el permiso del juzgado, los usuarios deberán firmar un registro, asumiendo todas las responsabilidades inherentes por la reproducción electrónica de las constancias judiciales y en caso de que hagan mal uso de las mismas se le impondrán las sanciones que establecen las disposiciones legales aplicables.

El Acuerdo señala que, una vez hecho el registro y otorgada la autorización, se entregará a las partes o a quienes estuvieron autorizados para tal efecto, el expediente en el que obran las constancias que requiere para la reproducción electrónica, mismas que se realizarán con su propio equipo, pero bajo la supervisión del personal del Juzgado.

Consulta el Acuerdo completo

http://www.cjyuc.gob.mx/marcoLegal/acuerdos/OR03-120301-01.pdf

 

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