Dictan auto de apertura a juicio oral en el caso de un homicidio y robo en un ciber

lunes, 23 de mayo de 2016

Mérida, Yucatán a 23 de mayo de 2016.- La autoridad judicial emitió auto de apertura a juicio oral, después del debate en la audiencia intermedia celebrada este día en el Centro de Justicia Oral de Mérida.

La audiencia intermedia tiene el objetivo de admitir y excluir los medios de prueba ofertados por las partes y que serán desahogados en la audiencia de juicio oral ante un tribunal, quien las apreciará de viva voz para determinar la culpabilidad o no culpabilidad de los acusados.

Dicha audiencia fue presidida por el juez de control del primer distrito judicial del sistema penal acusatorio y oral del Poder Judicial del Estado, Luis Edwin Mugarte Guerrero.

Después de escuchar y acabado el debate sobre los medios de prueba, el juez Mugarte Guerrero emitió el auto de apertura a juicio oral en el que se estableció la acusación realizada por los fiscales, así como las circunstancias específicas en este caso son la ventaja, la premeditación y la alevosía.

De la misma manera se estableció que la participación de lo hoy acusados es como co autores materiales y directos de los delitos homicidio calificado y robo calificado, así como también, la parte acusadora pidió que el pago a la reparación del daño sea cuantificado por el Tribunal de juicio oral,. La asesora jurídica se adhirió a la acusación.

Los fiscales para poder comprobar su teoría del caso ofrecieron 13 testimoniales, 12 periciales, cuatro documentales y cinco pruebas materiales y en caso de un fallo condenatorio ofrecieron seis testimoniales para la audiencia de determinación de la pena y reparación del daño.

Cabe mencionar que la determinación de penas y medidas de seguridad es una audiencia que se realiza cuando se da un fallo condenatorio, en ella se desahogan medios de prueba con la finalidad de establecer el grado de culpabilidad de los acusados,

Las defensas de ambos acusados optaron por no contestar la acusación y ofrecieron medios de prueba, siendo que una de ellas ofertó una testimonial, una pericial, dos documentales, cuatro materiales y en caso de un fallo condenatorio tres testimoniales para la audiencia de determinación de penas. La defensa del segundo acusado ofertó dos testimoniales, una pericial dos documentales y para la determinación de penas tres testimoniales.

El auto de apertura a juicio oral, una vez que quede firme, es decir, no exista algún recurso de apelación, será enviado al Tribunal de juicio oral en turno quien se encargará de conocer del caso y valorar lo medios ofrecidos.

Comunicado de prensa: UCSYP/231/MAY/2016

Caso: 89/2015                  Juzgado 2 de control, Mérida

Unidad de Comunicación Social y Protocolo del Poder Judicial del Estado de Yucatán

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